viernes, 19 de diciembre de 2014

Echegaray destacó el fallo sobre derechos de exportación

Echegaray consideró como un “valioso precedente” el fallo de la Corte Suprema, que reconoció la compatibilidad de los derechos de exportación con el Tratado de Asunción, alegando que la "reciprocidad de derechos y obligaciones entre los Estados parte" no conlleva a concluir que se encuentren limitadas las facultades tributarias de los Estados miembros para que éstos puedan imponer derechos de exportación.

Además, el titular de AFIP destacó que la sentencia “se vuelve relevante no sólo desde lo conceptual, sino desde lo práctico”, ya que hasta octubre pasado las exportaciones locales a países miembros del Mercosur fueron el 27% del total de ventas externas, es decir, 16.908 millones de dólares.

El caso entre AFIP y "Whirlpool Puntana SA" se remonta al momento en que el fisco liquidó tales derechos, con la alícuota del 5% del valor FOB, respecto de permisos de embarque de la compañía con destino a Brasil. A su vez, de las operaciones al Mercosur el 71% correspondieron a exportaciones a Brasil y el resto se distribuyó entre Uruguay, Bolivia, Paraguay y Venezuela.

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